Acuerdo de Cooperación Internacional

Red Iberoamericana de Neurorehabilitación

RED IBEROAMERICANA DE NEUROREHABILITACIÓN
“REDIANER”
ACUERDO DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL entre UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES Y EQUIPOS DE PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE NEUROREHABILITACIÓN 2025

CONSIDERANDO QUE:

a) Actualmente se constata que los procesos que generan discapacidad de origen neurológico afectan de manera importante a la población mundial, hecho que se ha venido incrementando y lo segurá haciendo en las próximas décadas según las proyecciones de la Organización Mundial de la Salud.
b) En este contexto la Neurorehabilitación surge como un campo transdisciplinario de investigación, prevención e intervención, que aborda los diferentes enfoques de las neurociencias.
c) Las universidades, instituciones y equipos profesionales independientes que integran el presente acuerdo de cooperación cuentan con equipos transdisciplinarios que se encuentran produciento conocimientos y experiencias de invaluable importancia académica y científica en el tema de la Neurorehabilitación.
d) Varias de las universidades, instituciones y equipos de profesionales independientes que integran el presente acuerdo de cooperación ya participaron en el Primer Congreso Iberoamericano de Neurorehabilitación en donde se redacto la Declaración de Puebla.
e) El presente acuerdo sustituye y renueva al anterior.

RESUELVEN:

Firmar el presente acuerdo de cooperación, que será regulado por las siguientes cláusulas y condiciones:

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO

La RED IBEROAMERICANA DE NEUROREHABILITACIÓN, constituye una forma de brindar un marco de intercambios académicos y científicos, con la finalidad de cooperar para el desarrollo del área del conocimiento vinculada al campo de la Neurorehabilitación y otras áreas vinculadas a las Neurociencias, en las universidades, instituciones y grupos científicos independientes participantes y en los respectivos países, a través de las siguientes acciones que podrán ser reguladas por convenios específicos siempre que sea requerido por alguna de las partes:

a) Intercambiar docentes e investigadores,
b) Intecambiar estudiantes,
c) Intercambiar y generar equivalencias de programas de grado y posgrado,
d) Intercambiar técnicos y profesionales de reconocida actuación profesional en el campo de las Neurociencias y las Ciencias de la Rehabilitación,
e) Realizar de proyectos conjuntos de investigación,
f) Fomentar y colaborar en la creación de nuevos centros de neurorehabilitación en Iberoamérica, sustentados en la metodología del enfoque transdisciplinario,
g) Organizar y realizar eventos científicos de divulgación,
h) Intercambiar y realizar publicaciones académicas y científicas,
i) Diseñar y desarrollar actividades en otras áreas consideradas de interés.

CLÁUSULA SEGUNDA. DESARROLLO DE PROGRAMAS ESPECÍFICOS

Los programas de intercambio específico y otras actividades que se realicen podrán comprender a todas las universidades, instituciones y equipos de profesionales independientes particiupantes o a algunas de ellas, en función de los objetivos que se formulen y de los requerimientos para el desarrollo de los mismos.

CLÁUSULA TERCERA. FINANCIAMIENTO

Cada universidad, institución o grupo de profesionales independientes participante se reserva el derecho de gestionar recursos financieros de fuentes externas a las mismas para la implementación de los distintos programas que se propongan desarrollar.

CLÁUSULA CUARTA. PARTICIPANTES

Podrán incorporarse a la RED IBEROAMERICANA DE NEUROREHABILITACIÓN otras universidades, instituciones o grupos de profesionales independientes que muestren su interés en hacerlo y que coincidan con los cometidos de este Acuerdo de Cooperación.

CLÁUSULA QUINTA. VIGENCIA

El presente Acuerdo de Cooperación tendrá vigencia a partir de la fecha de su firma por parte de los representantes legales de las Universidades, instituciones y grupos de profesionales independientes participantes y hasta tanto estos propongan una rescisión. Cualquiera de los miembros podrá desistir de su pertenencia a la RED IBEROAMERICANA DE NEUROREHABILITACIÓN y/o al Acuerdo de Cooperación. En caso de que el acuerdo se suspendiese, las partes involucradas se comprometerán a finalizar los proyectos y estudios que estuviesen en fase de realización.

En prueba de conformidad con lo que antecede, se suscribe, en el lugar y fecha indicados, el presente acuerdo redactado, quedando un ejemplar del mismo en poder de cada una de las partes firmantes.